La concejalía de Educación ha puesto en marcha las becas, en régimen de concurrencia competitiva, que concede directamente el Ayuntamiento de Jumilla para la adquisición de material didáctico y libros de texto para el segundo ciclo de Educación Infantil del curso 2023/2024 y el periodo para solicitar estas ayudas estará abierto hasta el próximo 24 de octubre. Las becas concedidas serán de un máximo de 100 euros por alumno hasta agotar el crédito presupuestario, fijado en 30.000 euros.
Plazo de solicitud abierto hasta el 24 de octubre
El objetivo de este tipo de ayudas es contribuir con las familias del municipio en la adquisición de libros de texto y material didáctico para el alumnado matriculado en el curso 2023/2024. El requisito para obtener estas ayudas será que los ingresos de la unidad familiar en el año 2022, en función del número de miembros, no hayan superado los umbrales máximos.
El plazo de solicitud de estas subvenciones comenzó ayer lunes 25 de septiembre y se podrá realizar el trámite hasta el día 24 del próximo mes de octubre. Las solicitudes de estas becas se podrán realizar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Jumilla o de forma presencial, para lo que será necesario solicitar cita previa en el 968 78 20 20 (extensión 332).
¿Como se puede solicitar esta beca?
Las personas interesadas deberán presentar solicitud según modelo (Anexo I-descargable en la web municipal) y adjuntar al expediente la factura justificativa de la adquisición de libros o material didáctico complementario, por cuantía igual o superior a la cuantía de la ayuda y de fecha anterior al 10 de octubre.
Documentación necesaria
También será necesario copia compulsada del DNI o NIF de cada uno de los miembros de la unidad familiar mayor de 18 años, libro de familia, certificado de número IBAN de la cuenta donde se desea recibir el importe de la ayuda, declaración responsable de que todos los miembros de la unidad familiar están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II), autorización a recabar datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Anexo III) y declaración responsable de no haber recibido otra ayuda para la misma finalidad (Anexo IV). No deberá adjuntarse ninguna documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar.