La Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por ‘Stop Quemas’ contra la Orden del Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Antonio Luengo, de 30 de diciembre de 2020 por la que se dictan las medidas fitosanitarias a adoptar en caso de acumulación de restos vegetales, en la que se incluía la posibilidad de eliminar dichos restos mediante la quema, si se justificaba la imposibilidad de deshacerse de ellos por otros medios cuando haya riesgo de propagación de una plaga.

La sentencia hace hincapié en que el Consejero Luengo no era competente para regular esta materia, «de gran incidencia medioambiental y en la sanidad pública». Asimismo, las magistradas entienden que la norma que aprobó esta Consejería solo tiene en cuenta los problemas de plagas para permitir la quema de rastrojos, pero no la salud pública ni el medio ambiente.

Así pues, desde el pasado 29 de junio y hasta que no se regule de nuevo por los órganos competentes, quedan prohibidas las quemas agrícolas incluso por motivos fitosanitarios.