El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, ha aprobado un nuevo decreto ley por el que las fincas agrícolas más pequeñas de la Región podrán quemar podas sin autorización. Se pretende regular así la eliminación “excepcional” de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas mediante la quema controlada ‘in situ’, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos, así como su aplicación a las pequeñas explotaciones y microexplotaciones agrarias.

La nueva regulación aprobada por el Ejecutivo regional define como microexplotación aquella cuya superficie máxima sea de hasta 0,5 hectáreas (5.000 metros cuadrados) para cada uno de los grupos de cultivos de frutales de hueso, frutales de pepita, cítricos, frutos secos, olivos, vid, uva de mesa, arroz, hortícolas al aire libre e invernadero, así como los ejemplares aislados de palmeras.

Pequeña explotación será aquella cuya superficie máxima sea de hasta 10 hectáreas en regadío y de hasta 30 hectáreas para las plantaciones en secano, para los mismos tipos de cultivo que el caso anterior.

Además, desde el Gobierno regional apuntan a que la conveniencia de diferenciar en sendos anexos independientes las condiciones específicas de quemas practicadas, de un lado, en explotaciones agrarias, y de otro en áreas de influencia forestal.

El decreto ley aprobado cuenta con dos disposiciones adicionales. La primera posibilita mediante orden de la Consejería competente la actualización del listado de cultivos y organismos nocivos que presentan un riesgo fitosanitario en caso de acumulación de restos vegetales, y la segunda permite actualizar las medidas adicionales para la efectiva protección de la quema en áreas de influencia.