La Consejería de Presidencia y Hacienda, a través de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM), ha implantado la presentación telemática del impuesto derivado de la compra de vehículos y embarcaciones de segunda mano entre particulares, con el objetivo de facilitar este trámite y evitar desplazamientos innecesarios. Esta innovación, ya disponible en la web de la Agencia, coincide con el auge que ha experimentado el mercado de vehículos de segunda mano a raíz de la pandemia.

Por tanto, las personas físicas y jurídicas de la Región que dispongan de certificado electrónico ya pueden remitir a la Agencia vía online el modelo específico para estas autoliquidaciones, el 620, que se encuadra dentro del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Para poder realizar esta presentación telemática, el comprador debe acceder a la web de la Agencia (agenciatributaria.carm.es) y pulsar en el banner habilitado con el título ‘Compraventa de un vehículo usado’. El plazo para liquidar el impuesto es de 30 días hábiles desde la firma del contrato de compraventa.

La directora de la Agencia, Sonia Carrillo, destacó que “los trabajos para abrir esta vía ya se habían iniciado con anterioridad a la pandemia, y el Covid los ha acelerado. Estamos digitalizando el máximo de trámites y gestiones para tener una Agencia Tributaria cada vez más moderna, que evite desplazamientos innecesarios, y que haga cada vez más sencillo el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.

En caso de que no se disponga de los medios necesarios para la presentación telemática, el contribuyente puede solicitar cita previa para acudir a cualquiera de las oficinas de la Agencia donde se presta dicho servicio: Murcia, Cartagena Abarán, Águilas, Caravaca de la Cruz, Jumilla, Librilla, Lorca, Los Alcázares, Mazarrón, Molina de Segura, Mula, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco y Yecla.

La compraventa de un vehículo usado se considera una transmisión patrimonial onerosa, y se autoliquida con el citado modelo 620. Antes de acudir a la Jefatura de Tráfico a modificar el titular del vehículo, se debe obtener un justificante de haber abonado este impuesto.

Compraventa entre particulares

Compraventa entre particulares

Cuantía a pagar

La cuota a abonar por este impuesto varía en función de la comunidad autónoma. En la Región de Murcia, dicha cuota es del 4% del valor de compraventa del vehículo, siempre que éste tenga una antigüedad inferior a doce años.

En caso de una antigüedad superior a 12 años, no es necesario presentar autoliquidación si la cilindrada es inferior a 1.000 centímetros cúbicos (cc). Si la cilindrada es de entre 1.000 y 1.500 cc, se pagará una cuota fija de 30 euros, que se elevará hasta los 50 euros en caso de que la cilindrada sea de entre 1.500 y 2.000 cc. Finalmente, en el caso de vehículos de más de 12 años con una cilindrada superior a 2.000 cc, el contribuyente deberá pagar la misma cuota que corresponde a los vehículos de menos de 12 años, es decir, un 4 por ciento del valor de compraventa.

En los supuestos de recibir la donación de un vehículo usado o de heredarlo, será necesario presentar autoliquidación de los modelos correspondientes del impuesto sobre sucesiones y donaciones.